martes, 23 de septiembre de 2014

Código de Trabajo en Cuba, una necesidad que exige estudio




 

Por: Idolkis Arguelles Berdión


Desde el pasado 18 de junio se encuentra en vigor en toda Cuba la Ley No.116, Código de Trabajo, así como las normas que la complementan.
El nuevo documento regula las relaciones que se establecen entre trabajadores y empleadores, estos últimos, personas jurídicas o naturales, lo que se corresponde con los nuevos modelos de gestión no estatal y el proceso de actualización del modelo económico del país.
El instrumento legal tiene como objetivo esencial elevar la eficiencia del trabajo, mediante la consolidación del rol de las organizaciones sindicales; así como recuperar la disciplina laboral, fortalecer el papel de las administraciones y evitar actos de injusticia en las relaciones empleado-empleador.
De ahí que resulte imprescindible su estudio, a fin de que se convierta en un instrumento vital para cada una de las partes, en el propósito de alcanzar una mayor organización y productividad del trabajo y adecuada retribución salarial, en consecuencia a los resultados que se obtengan en él. 
En tal sentido, el movimiento sindical tendrá las vías y métodos para elevar su representatividad, liderazgo y capacidad movilizadora ante los afiliados, al igual que para defender los derechos e intereses de estos sobre las administraciones.
Las organizaciones sindicales tienen la obligación de exigir y controlar el cumplimiento de la legislación laboral, de seguridad social y de los convenios colectivos de trabajo. Y al mismo tiempo, les asiste a los trabajadores el derecho de promover acciones ante los órganos de justicia, autoridades e instancias competentes para el reconocimiento y cumplimiento de los derechos de trabajo y de seguridad social reglamentados.
El Código de Trabajo define las infracciones de los derechos fundamentales referidos al empleo y la contratación, la protección a la trabajadora, el régimen de trabajo y descanso, salario, la seguridad y salud en el trabajo y la seguridad social; aspectos relevantes a tener en cuenta en su implementación y que serán inspeccionados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a través de la Oficina Nacional de Inspección del Trabajo y sus filiales territoriales.
Se trata de ser consecuentes con lo establecido, por lo que se impone la necesidad de conocerlo.

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